En HC Marbella estamos acreditados por el SAS para la realización de técnicas de aloinjertos de tejido osteotendinoso.
El disponer de un banco de huesos o de tejidos osteotendinosos para poder transplantar hace que podamos aumentar la efectividad de los procedimientos quirúrgicos en los cuales es necesario reestablecer la anatomía que haya sido dañada bien sea por un tumor, por una infección o por una lesión en los ligamentos.
En nuestros días, los numerosos procedimientos de cirugía reconstructiva del aparato locomotor, así como de rescate de implantes tipo prótesis articulares tan ampliamente proliferados, hacen necesario disponer de tejidos capaces de:
El homotransplante de tejidos óseos en humanos se remonta al siglo XVI, cuando el célebre cirujano francés Ambroise Paré trasplantó un diente de una camarera a una princesa que presentaba una caries.
Posteriormente, de forma más precisa, la primera referencia de un trasplante de tejido de cadáver a un humano vivo se recoge en 1913, cuando Kuettner trasplantó el tercio proximal del fémur de un cadáver a un paciente aquejado de un tumor en dicha zona.
Pero no será hasta 1942, en EEUU, cuando se origine el primer “banco” dedicado a huesos, proliferando desde entonces, especialmente a lo largo de los años 60.
La cirugía más frecuente en la que usamos el aloinjerto, es la cirugía reconstructiva del ligamento cruzado anterior. Asimismo, es empleado para la corrección de alguna deformidad tras una fractura ósea. También se puede realizar este tipo de injertos en una cirugía de columna cuando es necesario aportar injerto óseo para conseguir una mayor fusión o una mayor rigidez en la columna.
También en cirugía de prótesis de rescate cuando es necesario aportar una estructura ósea para suplir la deficiencia de ese hueso en esa articulación. Y más eventualmente, se puede utilizar en cirugía tumoral cuando los tumores destruyen o producen una lesión importante en los huesos.
Aloinjerto óseo
Las principales indicaciones actuales de aloinjerto se producen en cirugía de revisión protésica de cadera, rodilla, cirugía de columna y cirugía tumoral.
- Cirugía de columna. Inicialmente hay dos indicaciones, la falta de autoinjerto y la necesidad de un soporte estructural inmediato.
- Cirugía de cadera. Indicado en la cirugía de revisión protésica, usándose dos tipos de injertos. Por un lado, injertos estructurales para grandes defectos o pérdidas óseas y por otro, chips de esponjosa para rellenar defectos cavitarios o para impactación de injertos.
- Cirugía de rodilla. En la cirugía de revisión protésica, de la misma manera que en la cirugía de cadera. Por un lado, injertos estructurales para grandes defectos o pérdidas óseas y chips de esponjosa para rellenar defectos cavitarios.
- Cirugía tumoral. Se usan aloinjertos masivos óseos para cubrir grandes defectos después de una amplia resección. El aloinjerto se puede usar como injerto intercalar, injerto osteoarticular, para suprimir una articulación (artrodesis) o para una reconstrucción junto a mega-prótesis.
Aloinjerto osteotendinoso
- En la reconstrucción primaria del ligamento cruzado anterior.
Se recomienda la utilización de aloinjerto en los siguientes casos: personas mayores o que van a realizar actividades físicas de baja intensidad, pacientes que presentan cambios degenerativos en la rodilla y pacientes a quienes interese facilitar el proceso rehabilitador.
- En la cirugía de revisión del ligamento cruzado anterior.
Es muy recomendable utilizar aloinjerto en personas a quienes previamente se les ha extraído tejido autólogo y a aquellas que presenten un ensanchamiento de los túneles óseos.
- En la reconstrucción aislada del ligamento cruzado posterior.
Se recomienda según la técnica de reconstrucción utilizada.
- En las rodillas con lesiones ligamentosas múltiples.
Es recomendable el uso de aloinjertos osteotendinosos para poder reconstruir todos los ligamentos dañados.
- En la reconstrucción del aparato extensor.
En las artroplastias totales de rodilla.
Los especialistas en Traumatología y Cirugía Ortopédica, mediante evaluación previa en consulta, determinarán qué pacientes son candidatos a los implantes óseos y osteotendinosos. Para ello, llevarán a cabo la anamnesis, una exploración y el estudio detallado del caso clínico y de las pruebas complementarias.
La necesidad de asegurar regulaciones nacionales armonizadas en esta materia ha dado lugar a la Directiva 2004/23/CE del parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo relativa al establecimiento de normas de calidad y de seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos, y en la Directiva 2006/17/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a determinados requisitos técnicos para la donación, la obtención y la evaluación de células y tejidos humanos.
El REAL DECRETO-LEY 9/2014, de 4 de julio, establece las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos”, y de forma especial, contempla en el Anexo 1 del mismo, los “Requisitos y condiciones mínimas para las autorizaciones de establecimientos de tejidos y centros o unidades de obtención y aplicación de células y tejidos”.
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